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Peláez y Gardeazábal agosto 1 de 2018
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Santos compra franquicia

OPINIÓN| Por: PALOMA VALENCIA LASERNA| Publicado: julio 26, 2013  

Los problemas del sistema de pesos y contrapesos de la Constitución del 91 son evidentes; la Corte Constitucional no podría —aunque encontrara argumentos jurídicos— oponerse a una decisión política ya tomada.

Es un proyecto del presidente, aprobado por el Congreso, vendido como la llave para la paz; y los magistrados no tienen la entidad política necesaria para rechazarlo.

Si la Corte lo declara inexequible, el fracaso de las negociaciones se les atribuiría a los nueve magistrados que no tienen suficiente representación democrática para soportar ese peso.
Así, el tema fundamental de la impunidad quedará sin discusión real; pues si se hiciera sería sobre la base de la imposibilidad de rechazarlo. Ojalá la Corte opte por no hacer una revisión de fondo, y se limite a la materia formal para aprobarlo; así al menos conservaría el prestigio jurídico que le corresponde.
El MJP abre espacios para la impunidad; lo decimos quienes nos oponemos a los términos en los que se desarrolla la negociación, y juristas y organismos que militan en la izquierda; la crítica no es ideológica.
Supone el MJP que la paz sólo es posible con una alta dosis de impunidad. Cabe destacar que no negociamos la paz; mientras subsistan el narcotráfico y la minería ilegal habrá recursos para financiar ejércitos ilegales que seguirán atormentando a los colombianos. Si lo que vamos a comprar es la franquicia de las Farc, vale la pena calcular el precio.
Aquella reflexión, según la cual cuando no se puede derrotar hay que someterse al dominio del fuerte, constituye una capitulación a los principios morales. La ley de la naturaleza es la del más fuerte, de manera que los animales se pliegan ante la supremacía de otro. Supone la moral que hay principios irrenunciables sin los cuales la vida humana se reduce a la subsistencia animal y pierde todo sentido de humanidad.
Sin embargo, existen episodios históricos donde la humanidad capitula. Los franceses constituyeron un gobierno de colaboración con los nazis en la antesala de la Segunda Guerra. Se preguntarían esos líderes: ¿para qué los rusos ofrecieron la vida de 30 millones de soldados? ¿Para qué la guerra de secesión en los EE.UU.? Sólo las concepciones humanas capaces de racionamientos morales pueden producir conductas heroicas, incluso el martirio. Se trata de la defensa de los principios, de lo que es correcto. Y no es lo mismo un mártir que un fanático: el primero es capaz de morir por lo que piensa, el segundo está dispuesto a imponer sus ideas por la fuerza, aun a costa de matar.
En el caso de Colombia no hay una guerra; hay un grupo que pretende imponer por la fuerza una ideología, pues no tiene ningún respaldo social. En el camino se dedicó al narcotráfico y al terrorismo. Lo que pedimos no es guerra; es el legítimo ejercicio del Estado para que los criminales vayan a la cárcel, aunque esta sea corta.
Quienes pretenden la capitulación ante las Farc, sostienen que como no hemos podido derrotarlos debemos darles espacio en la política y olvidar todo el mal que han hecho. Es una política de apaciguamiento que no traerá la paz, dejará en la impunidad muchos narcoterroristas; y debilitará la posibilidad de que otros colombianos se sometan a la ley. Habrá violencia por mucho tiempo.
Este es un espacio de opinión destinado a columnistas, blogueros, comunidades y similares. Las opiniones aquí expresadas pertenecen exclusivamente a los autores que ocupan los espacios destinados a este fin  y no siempre reflejan la opinión o posición de LA OTRA MITAD DE LAS VERDADES A MEDIAS.

LA FAMILIA: CORTE CONSTITUCIONAL MODIFICÓ LA CONSTITUCIÓN

22 de abril de 2012 | EDITORIAL | Por: EL COLOMBIANO
"La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla".
Un viejo -pero aún aplicable- principio del Derecho, enseña que "donde la ley no distingue, no puede hacerlo el intérprete".
Esto, en otras palabras, indica que cuando una norma legal es clara y completa en su enunciado, es decir, no tiene vacíos ni genera dudas, no puede el intérprete -en este caso el juez- añadirle elementos que la propia norma no contiene.

La Constitución Política de Colombia define la familia de manera diáfana, expresa y sin ambigüedad en su artículo 42.

Dice así: "La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y' una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla".

No hay allí en esa definición, posibilidad de interpretar otra cosa distinta a lo que el mismo orden de sus palabras señala.

No hay allí consideraciones religiosas o ideológicas. Hay un hecho jurídico, con fundamento antropológico, o histórico, si se quiere, que define la familia.

Si la Constitución dice "un hombre y una mujer", no puede un juez, por muy respetable magistrado de la Corte Constitucional que sea, decir que eso es lo mismo o equivalente a decir "un hombre y un hombre" o "una mujer y una mujer".

Desconociendo y desbordando la disposición constitucional, que es inequívoca y no admite variaciones caprichosas, una sala de la Corte Constitucional, mediante sentencia de tutela, recoge una jurisprudencia anterior de la misma Corte y ahonda el desconocimiento del concepto de familia.

Estamos ante un caso notorio en que la Corte -o algunos de sus magistrados- se saltan el preciso ámbito de sus competencias, y se tornan ya no legisladores, sino constituyentes. Mediante una sentencia de tutela, que debería tener efectos sólo para las partes intervinientes, están modificando la propia Constitución.

Este periódico ha manifestado editorialmente su acuerdo en que la legislación civil regule la unión de parejas del mismo sexo. El Congreso debe hacerlo.

Para no ir más lejos, el 30 de julio del año pasado decíamos: "Es legítima la aspiración de las parejas de igual sexo a que el Estado les garantice una regulación jurídica de su unión, les otorgue efectos civiles y garantice un adecuado régimen patrimonial en igualdad de derechos y obligaciones".

Pero una cosa es regular la unión, y otra es la modificación -unilateral, inconsulta- del concepto de familia, núcleo fundamental de la sociedad.

Un repaso a las actas de la Asamblea Nacional Constituyente que sesionó en 1991 y dio origen al texto de la Carta Política, concluye, de forma incontrovertible, que los constituyentes tuvieron siempre claro que la familia se conforma por la decisión de un hombre y una mujer.

Y a renglón seguido, consagraron como derechos fundamentales de los niños, entre otros, "tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y el amor, la educación y la cultura". (Art. 44).

Para tener las cosas claras: dos personas del mismo sexo pueden conformar pareja, reclamar efectos civiles, prestacionales y de seguridad social. El Estado debe garantizárselos.

Pero la familia, la crianza de los hijos, corresponde a un hombre y a una mujer.

"La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos (...) Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás" (Artículo 44 de la Constitución).

¿Cómo puede la Corte Constitucional hacer compatible este mandato con sus recientes decisiones?

20 años después

4 de Julio de 2011 | OPINIÓN | Por: Luis Guillermo Restrepo Satizabal
Relevados los mafiosos por las Farc en el control del narcotráfico o aliados con la guerrilla, el país presenció la peor confrontación. Miles fueron asesinados, desplazados, despojados.

¿Hacia una nueva constituyente?

5 de Junio de 2011 | OPINIÓN | Por María Isabel Rueda


Quizás el peor de los pecados de la Constituyente fue el de haber reformado la Constitución y arrojado su llave al mar.

Diez razones para una Constituyente

15 de abril de 2011 | OPINIÓN | Por: Jaime Ruiz

La suposición de que el socialismo debe ser una opción vigente podría aplicarse también al canibalismo. ¿Qué es lo que hay por encima de la voluntad de los ciudadanos? Yo lo sé: la autoridad de unas personas que hace unos siglos quemaban gente viva y hoy encarcelan preventivamente a inocentes, al tiempo que los más desvergonzados criminales permanecen impunes.

El deterioro de la Justicia

Por: Hernán González Rodríguez
Nunca antes en la historia reciente del país se había presentado una crisis tan profunda en la Justicia de Colombia como la observada durante el gobierno del presidente Álvaro Uribe. Mas no todo es su culpa.
Porque es de conocimiento público que en los últimos siete años ha presentado el Gobierno cerca de seis reformas a la Justicia, pero ninguna de ellas ha prosperado, porque nuestra Justicia se ha politizado, se ha tropicalizado y se ha desprestigiado. Al paso que marcha ésta se arriesga a pasar de estar desacreditada a ser odiada.
Toda esta hecatombe jurídica se inicia en la Carta del 91, con la absurda constelación de altas cortes, consejos y demás entidades jurídicas gestadas con la vana promesa de mejorar la Justicia o de evitar extradiciones y sanciones.

Tan innecesarias burocracias resultan ahora enfrentadas entre sí y, más grave aún, con el propio Gobierno, como ha sucedido con el proceso de la parapolítica, al tiempo que la farcpolítica no parece haber existido para nuestra descuadernada Justicia.
Si mis informaciones no fallan, cuando Fernando Londoño Hoyos ejercía el Ministerio del Interior y de Justicia, se logró redactar una reforma resultado del consenso entre las altas cortes, pero los incompetentes sucesores de Londoño en el cargo la dilapidaron.
En el proyecto aludido se habían logrado recortar las exageraciones de las tutelas, por medio de las cuales están gobernando a la fecha numerosos jueces.  Los estragos de las tutelas se encuentran nada menos que en el corazón del problema de la salud. Porque ni en Alemania, ni en España, países donde se inventaron las tutelas, se utilizan ellas para tutelar derechos secundarios y terciarios como en Colombia.
Los nefastos enfrentamientos aludidos se evidencian en los 40 congresistas uribistas que han encarcelado empleando a menudo los testimonios comprados a criminales a cambio de las rebajas de penas. Estos enfrentamientos se advierten en el ultimátum de la Corte para cambiar en dos meses a 2.100 fiscales, la mitad aproximadamente de los que laboran a la fecha. Se observan o se observaron ellos en la politización para nombrar un Fiscal, presidentes para la Corte Suprema de Justicia y para el Consejo de la Judicatura.
Pero lo peor de todo han sido ciertas onerosas sentencias de las altas cortes contra la economía colombiana en el campo de la salud. Sí, salud para todos y con elevados estándares cuando no se suministra agua potable, ni existe servicio de alcantarillado en numerosos municipios.  Parece como si ni los señores magistrados ni sus hijos vivieran en Colombia.
Contra la economía colombiana figuran, así mismo, la inseguridad jurídica y las dilaciones hasta de más de 10 año en los procesos legales de los colombianos corrientes. La Ley de Justicia y Paz también la dificultaron los señores magistrados con sus exigencias idealistas, casi imposibles de aplicar.