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REFORMA: DE LA GOBERNABILIDAD A LA DESCONFIANZA POPULAR

23 de junio de 2012 |OPINIÓN| Por: ÁLVARO URIBE VÉLEZ

La independencia entre las ramas del poder público no debe ser remplazada por hostilidad en las relaciones pero tampoco por acuerdos de favorecimiento mutuo.
A los congresistas no solamente les reconocen el derecho a la doble instancia, también les quitan varias inhabilidades.
En términos generales, la justicia colombiana ha sido respetable, muchos jueces y fiscales han actuado patrióticamente asumiendo todos los riesgos en la lucha contra el narcoterrorismo, los casos de politización, aunque no pocos y graves, no han constituido la regla, y hemos tenido, podría decirse, una justicia relativamente independiente.

Sin embargo, una molestia grave de la opinión pública es la demora y lentitud de la justicia, que también afecta la competitividad del país, tal como lo acreditan los indicadores internacionales.

No puedo oponerme a que se elimine el Consejo de la Judicatura, hijo de la peligrosa expansión burocrática de 1991. Suprimirlo propuso nuestro Gobierno en aquel referendo de 2003, pero se necesita claridad sobre quién administra el presupuesto del sector, quién investiga a los jueces y quién convoca el concurso de aspirantes a magistrados para evitar la manipulación personalista.

Que abogados y notarios asuman muchas competencias de los jueces es una vieja idea, que ha tenido iniciales desarrollos, por ejemplo para sucesiones con acuerdo entre herederos.

No obstante, hay voces del Consejo de Estado que se oponen a ampliar este camino, con el argumento que da más garantías a la comunidad alguien como el juez, miembro de la institución.

Agregan que ahora que la seguridad democrática permite que haya jueces en todo el territorio, no se puede correr el riesgo de remplazarlos por abogados, que podrían carecer de suficientes competencias morales y profesionales.

En cuanto a costos, esgrimen que no hay diferencias.

Que los magistrados no salgan de las cortes a hacer política con los fallos que impulsaron, es una necesidad.

Es desastroso que un fallo esté alimentado por una aspiración política futura del magistrado a cargo del tema. Por eso muchos defienden la tesis de extender el período y la edad de retiro de los magistrados.

Que los congresistas tengan doble instancia, es un principio universal.

Hasta aquí no parecería existir problema.

Las dificultades aparecen cuando hace presencia el fantasma de lo turbio. A los congresistas no solamente les reconocen el derecho a la doble instancia, también les quitan varias inhabilidades.

La pérdida de investidura es reemplazada por una escala de sanciones que la dejan casi sin importancia, ignorando que el servidor público tiene deberes mayores que los demás ciudadanos.

Y a manera de prebenda política, a los magistrados actuales, muchos próximos a concluir su término, les aplican la extensión del período -bien diferente que reelección por voto popular y ley de garantías-.

La independencia entre las ramas del poder público no debe ser remplazada por hostilidad en las relaciones pero tampoco por acuerdos de favorecimiento mutuo.

Esto último hace perder el apoyo popular a la gobernabilidad, entendida esta como la capacidad efectiva del Jefe del Estado de convertir sus proyectos en realidades.
Publicado: Junio 23, 2012

Twitter: @AlvaroUribeVel

1 comentarios:

ya la asamblea constituyente el pais clama por el ello ya todos por la Asamblea Constituyente por Colombia.

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