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La denuncia contra el Presidente de Venezuela ante la Corte Penal

Martes 28 de septiembre de 2010 Por: Jaime Enrique Granados Peña

Bogotá. 
La Operación Fénix, adelantada por el Ejército, la Fuerza Aérea y la Policía Nacional colombianas, en la cual murieron 22 guerrilleros, entre ellos el segundo en rango del grupo terrorista Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC),
Raúl Reyes, en la provincia ecuatoriana de Sucumbíos, el primero de marzo de 2008, produjo una crisis diplomática regional desatada por los mandatarios ecuatoriano y venezolano, en torno a la violación colombiana de la soberanía territorial ecuatoriana.

El material probatorio hallado en los computadores de Reyes confiscados a raíz de la operación, explican hoy en día semejante alboroto de los mandatarios de ambos Estados: la documentación magnética allí registrada da cuenta de la vinculación directa del Presidente Hugo Chávez Frías con las actividades delictivas de este grupo armado ilegal.

Así, la disputa diplomática generada a raíz de la operación Fénix retoma hoy en día un nuevo matiz: los hallazgos digitales en los computadores de Reyes, sumados a testimonios de víctimas, de ex miembros desmovilizados de dichas milicias, informes de inteligencia, imágenes, coordenadas geográficas y registros de video, así como fuentes de prensa y radio que han denunciado públicamente la presencia de grupos terroristas en territorio venezolano, constituyen la evidencia física que permite establecer la comisión, por parte del mandatario venezolano, de los crímenes prohibidos por el Estatuto de la Corte Penal Internacional.

Este material probatorio deja claro el apoyo de Chávez y las Fuerzas Armadas bajo su control a estos grupos terroristas mediante el suministro de uniformes, municiones y armamento de uso privativo del Ejército Venezolano, dinero, servicios de salud, la adecuación de lugares de práctica y refugio en territorio venezolano.

Asimismo, las autoridades venezolanas se han prestado para el otorgamiento de documentos de identificación y visas venezolanas a miembros de dichos grupos. Incluso, les han facilitado transporte a diferentes cabecillas, mediante aeronaves oficiales, para movilizarlos desde y hacia Venezuela.

La información también es clara en referir la colaboración del Gobierno venezolano en la instalación de ayudas logísticas como emisoras y radios, y abundan las comunicaciones que informan sobre el conocimiento que tiene ese Gobierno de la existencia de campamentos guerrilleros en la parte venezolana de la frontera y de reuniones de altos funcionarios militares venezolanos en dichos campamentos. 

También se relacionan solicitudes del Gobierno del país vecino al grupo terrorista para trabajar de manera conjunta en el secuestro de ciudadanos venezolanos. 

Con base en estas evidencias y con la firme intención de permitir la reparación integral de las víctimas de los actos cometidos por los grupos armados ilegales que delinquen desde la frontera con el auspicio del Gobierno venezolano, se elevó el pasado 6 de agosto de 2010 una denuncia ante la CPI en contra del Presidente venezolano.

Dentro de los testimonios que la denuncia pretende poner a disposición de la Comisión y la Corte, y que darán cuenta de los mencionados actos, están los de las víctimas colombianas y venezolanas sometidas a delitos de tortura, asesinatos, secuestros, desapariciones forzadas, entre otros. 

De igual manera, y como evidencia de vital importancia, está la intervención del ex Presidente Álvaro Uribe Vélez como testigo presencial de los constantes requerimientos que realizó tanto él como su Ejército Nacional, durante su mandato, para que el Gobierno venezolano tomara acciones militares destinadas a expulsar a los miembros de grupos terroristas que se refugian, entrenan y descansan en el lado venezolano de la frontera.

La pregunta que puede venir a la mente de nuestros lectores es si existe un precedente judicial en donde, en el marco del derecho internacional humanitario, se haya iniciado un juicio contra un presidente en ejercicio por la comisión de delitos de guerra y lesa humanidad.

En efecto, son varios los juicios en contra de anteriores detentadores del poder, como el adelantado en contra del ex presidente de Yugoslavia Slobodan Milosevic ante el Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia o en contra del ex presidente de Liberia Charles Taylor ante el Tribunal Especial de Sierra Leona en la Haya. 

Sin embargo, el primer caso en que la CPI ha activado su jurisdicción para la investigación formal de un presidente en el poder es el de Omar Hasan Ahmad al-Bashir, Presidente de Sudán: el 14 de julio de 2008, la Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI resolvió positivamente la solicitud de la acusación de librar una orden de arresto en su contra. 

Así, tras la licencia de la sala, Luis Moreno Ocampo, Fiscal General ante la CPI, libró dos órdenes de arresto, el 4 de marzo de 2009 y el 12 de julio de 2010. 

Al Bashir es investigado por diseñar y aplicar una fuerte campaña de contrainsurgencia contra grupos armados de oposición en Darfur, y por el ataque a miembros de los grupos étnicos Fur, Masalit y Zaghawa, percibidos por el Gobierno del Sudán como próximos a los grupos insurgentes de oposición.

Dichas poblaciones han sido sometidas a actos de exterminio, violación sexual, traslado forzoso, y crímenes de genocidio, hechos por los cuales el Presidente Sudanés es investigado y acusado ante la mencionada Corte.

La segunda parte será publicada el lunes 27 de septiembre de 2010.

La Republica.com.co

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