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Niegan tutela con la que se pretendía regresar la curul a Piedad Córdoba

16 de diciembre del 2010 | JUDICIAL| Por Espectador.com

Tribunal Superior de Bogotá negó el recurso presentado por algunos electores de la ex congresista.
Electores de la ex congresista Piedad Córdoba presentaron, el 12 de noviembre pasado, una acción de tutela que buscaba su restitución a su cargo como Senadora de la República.

Asumiendo la vocería de otros simpatizantes de la ex congresita liberal, el ciudadano Mauricio Mateus Rodríguez no sólo solicitó al Juez Constitucional que se revocara lo dispuesto por el Ministerio Público en contra ex parlamentaria sino que se suspendiera provisionalmente sus efectos mientras hay una decisión de fondo de la acción, es decir, que vuelva a ocupar su curul.

“Si bien es cierto que los actos administrativos cuestionados deben ser controvertidos ante la jurisdicción contencioso administrativa por medio de la acción correspondiente en donde se puede solicitar la suspensión provisional de los mismos, la Corte Constitucional ha dicho que, en determinadas circunstancias, es procedente la tutela, como mecanismo transitorio, aunque dentro de un proceso administrativo exista la posibilidad de pedir la mencionada suspensión del acto acusado”, expusieron en la presentación de la acción.

A través de su abogado defensor, Augusto Ocampo, adujeron que la misma Corte Constitucional ha consagrado en la acción de tutela el camino expedito para que los electores puedan hacer valer su decisión soberana de otorgar su representación en los círculos de poder a determinado candidato.

“(…) Se avizoran consecuencias que no sólo comprometen los derechos fundamentales del accionante sino también de los propios electores, quienes votaron de acuerdo a las propuestas planteadas por el movimiento político y al orden establecido en la lista cerrada respecto de sus integrantes (…) Cuando por cualquier motivo no puede ejercer sus funciones, los ciudadanos a los cuales representa ven menguado el ejercicio del poder a través suyo, y por tanto, comienza a amenazarse uno de sus derechos políticos”, dice la sentencia T-1005 de 2006.

Pues bien, este miércoles el Tribunal Superior de Bogotá decidió respetar el concepto del Ministerio Público, que destituyó a la ex congresista por presuntos nexos con las Farc, y negó la tutela presentada por Mateus, de modo que Piedad Córdoba no podrá regresar al Congreso de la República en calidad de senadora.

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