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Dic 10 de 1948
Peláez y Gardeazábal agosto 1 de 2018
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Ineptitud, Inculpaciones, Premura, Celeridad,

20 de Noviembre del 2010 | La Barca de Calderon | Por William Calderon
Ineptitud. La demanda presentada ante la Sección Quinta del Consejo de Estado por el ex viceprocurador Jaime Ossa Arbeláez, demuestra la ineptitud latente en los asesores jurídicos de Palacio y del Ministerio de Interior.
Este es uno de los puntos en los que hace hincapié el demandante, cuando en su alegato plantea jurídicamente la falta de conocimientos constitucionales para propiciar el desmonte de la anterior terna para la elección de Fiscal General.

Inculpaciones. Es tan sólida la argumentación esgrimida por el tratadista Ossa que ha provocado reuniones urgentes en el estamento jurídico del Gobierno, a cuyo bordo hay un toma y dame de mutuas inculpaciones sobre la paternidad de la determinación. Mientras los asesores de Vargas le imputan la responsabilidad a la Secretaría Jurídica de la Casa de Nariño, los abogados del Ministerio se la achacan a sus colegas de Palacio.

Premura. Este panorama prueba la premura con que se actuó y las ganas de ubicar en la nueva terna a los amigos del santos-vargasllerismo, actuación en la que dejaron los vacíos jurídicos para que el Consejo de Estado proceda ojalá con la misma rapidez con que actuaron los consejeros amigos de su presidente, Luis Fernando Álvarez, para sacar adelante el concepto sobre el tercer canal de televisión, teniendo en cuenta que los conceptos pierden el sueño de los injustos por más de diez años; pero cuando se trata de temas de interés particular la premura se impone sobre la solidez de los argumentos jurídicos.

Celeridad. Ya sub judice la terna presentada por Santos, se espera que el Contencioso proceda con la misma celeridad, mediante estudio razonado sobre la validez de ambas ternas y que la Corte resuelva si votan por los seis nombres o se acogen a la primera o a la segunda.

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